Estimados señores DGAC
Junto con saludarlos, quiero hacer presente la siguiente situación vivida los días 05 y 06 de mayo del presente año.
El 05 de mayo realizamos un vuelo, SCLL-SCTB, con alternativa SCEL. Salimos con 03 horas de retraso por condiciones meteorológicas. El TAF indicaba mejorías sustanciales en SCTB y SCEL.
En el transcurso del vuelo y al aproximarnos al TMA de Santiago, tuvimos obligatoriamente que utilizar nuestra alternativa, puesto que SCTB se mantuvo con 1.300 Mts. de visibilidad según METAR. Realizamos una ILS Y a la pista 17L de SCEL. Es obvio que esta decisión era la única posibilidad de llegar a nuestro destino, Santiago.
El día 06 reemprendimos el retorno a SCLL y grande fue nuestra sorpresa por el cobro de $45.000 pesos por el uso de la pista, en circunstancias que no teníamos posibilidad alguna de aterrizar en otro AD cercano. Naturalmente necesitábamos reabastecer y nos enfrentamos a una situación inaudita; el principal aeropuerto del país no cuenta con combustible 100 LL.
Es necesario representarles, que al despegar de SCEL con destino a SCTB para reabastecer nos ofrecieron salida IFR o VFR directo a SCVH, ya que había que salir del CTR, para luego regresar a SCTB: nos parece que esto es riesgoso en un día con visibilidad disminuida, y que lo lógico hubiera sido un track directo a SCTB. Afortunadamente para nosotros al cambiar de frecuencia con SANTIAGO INFO, nos autorizaron ir directo a Cerro San Cristobal.
Al respecto comentarles que nos parece inadecuado, por parte de la DGAC el manejo que tuvieron ante la situación recién descrita. Esta tripulación no planificó como primera alternativa SCEL y se nos cobra. Repetimos, NO HABÍA otra alternativa. ¿Éticamente corresponde el cobro?.
En marzo de 2015 frente a la grave situación de la región de Atacama (aluviones), hubo un gran operativo de la aviación civil para ayudar a nuestros compatriotas. Como siempre, la primera ayuda para los afectados fue gracias a la aviación civil. Fueron varios días de intensa actividad, con base de operaciones en SCLL. La limitante fue el combustible, y la paradoja máxima, el principal terminal aeroportuario de Chile, tampoco cuenta con este esencial elemento.
Como consideraciones finales, nos parece importante manifestarles estos hechos. Entendemos que vuestro afán es mejorar todos los aspectos de la aviación, en particular la seguridad. Lo que nos ocurrió aumentó la ansiedad, la fatiga y por ende, era una condición "insegura", ya que ante tanta barrera impuesta, no hicieron más que despachar a una tripulación cansada de tanta negativa, burocracia y falta de apoyo a la aviación civil.
Esperando una buena acogida, nos despedimos atentamente.
Rodrigo Castelli Lic:14356
Jaime Quiroga Lic:10229
Respuesta
Estimado Sr. Castelli:
Junto con saludar y en atención a su consulta por cobro generado, debemos indicar a Ud., que la aeronave que operó en el aeropuerto Arturo Merino Benítez, se encuentra afecta al pago de la Tasa Operacional según lo establece el artículo N°30 del reglamento de Tasas y Derechos Aeronáuticos.
Además, en dicha normativa se establece en el artículo N°33, que las aeronaves particulares afectas al pago de la tasa operacional, pagarán una tasa adicional por cada aterrizaje que se realice en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez, por lo cual y al no existir exenciones que aplicar, debemos informar a Ud. que procede el pago de dicha tasa.
Por otro lado, debemos hacer presente que la Controlaría General de la República ha expresado que las exenciones son de derecho estricto y de interpretación restrictiva, razón por la cual, al no existir nada escrito en la materia consultada, debemos informar a Ud. que este Servicio no posee las facultades legales para eximir el pago de las tasas.
Atte.
Damary Verdugo
Encargada OIRS
Dirección General de Aeronáutica Civil
Teléfono: (2) 224392264
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