lunes, 16 de mayo de 2016

DEFINICION DE TÉRMINOS

-El término “AUTORIZADO” para referirse específicamente a que otorgan su autorización para que el procedimiento se ejecute.


-El término “APROBADO” significa que el controlador de tránsito aéreo de la dependencia ATS concede autorización para una determinada acción propuesta por el piloto, si no se tiene inconvenientes para que se realice.

-El término “A DISCRECIÓN DE PILOTO” se utilizará para indicar al piloto que la maniobra debe realizarse bajo su responsabilidad y no se tiene inconvenientes para que la ejecute o bien ésta se realizará fuera del área de jurisdicción de la dependencia ATS.


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