Parte del procedimiento de aproximación por instrumentos que se inicia en un punto o referencia
de aproximación final determinado o, cuando no se haya determinado dicho punto o dicha
referencia, se iniciará:
a) al final del último viraje reglamentario, viraje de base o viraje de acercamiento de un
procedimiento en hipódromo, si se especifica uno; o
b) en el punto de interceptación de la última trayectoria especificada del procedimiento de
aproximación; y que finaliza en un punto en las inmediaciones del aeródromo desde del cual:
1) puede efectuarse un aterrizaje; o bien
2) se inicia un procedimiento de aproximación frustrada
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