C1078/21 NOTAMR C6019/20 Desde el 12 de marzo y hasta el 15 de abril
COMO MEDIDA DE PREVENCIÓN PARA EVITAR QUE EL PERSONAL TSV SE EXPONGA A UN CONTAGIO O SEA TRANSMISOR DEL COVID-19, LA ATENCIÓN DE USUARIOS TANTO INTERNOS COMO EXTERNOS (TRIPULACIONES, DESPACHADORES DE FLT) EN LAS OFICINAS ARO/AFIS EN TODOS LOS AP/AD DEL PAIS, SERA SOLO VIA REMOTA, TELEFONOS, CORREO ELECTRONICO.
C1079/21 NOTAMR C6020/20 Desde el 12 de marzo y hasta el 30 de junio
COVID-19 CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, LOS PASAJEROS QUE SE TRANSPORTAN EN VUELOS REGULARES Y NO REGULARES DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL, DEBEN CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS QUE HA DISPUESTO LA AUTORIDAD SANITARIA Y COMPROBAR RESIDENCIA EN LA REGIÓN DEL DESTINO Y / O TENER SU PASAPORTE SANITARIO VALIDADO. PARA MAS INFORMACION ENTRAR AL SITIO WEB HTTPS://WWW.GOB.CL/CORONAVIRUS/PLANDEACCION
C1080/21 NOTAMR C0255/21 Desde el 12 de marzo y hasta el 30 de junio
COVID-19, CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL TRIPULACIONES Y PASAJEROS QUE SE TRANSPORTEN EN CUALQUIER TIPO ACFT DE AVIACIÓN GENERAL, PARTICULAR Y VUELOS COMERCIALES DE AERONAVES DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL, DEBERÁN CUMPLIR CON LOS PERMISOS DE DESPLAZAMIENTO Y PROTOCOLOS REQUERIDOS POR LA AUTORIDAD SANITARIA,AFECTAS A CUARENTENA TERRITORIALES,YA SEA QUE SE ENCUENTREN EN PASO 1
CUARENTENA O PASO 2 TRANSICIÓN O PASO 3 PREPARACIÓN O PASO 4 APERTURA INICIAL O SUPERIOR Y/O MEDIDA DE CORDÓN SANITARIO.
NO ESTÁ PERMITIDO TRASLADARSE O TRASLADAR PASAJEROS HACIA OTROS LUGARES DE RESIDENCIA DISTINTOS A SU DOMICILIO PARTICULAR HABITUAL (SEGUNDA VIVIENDA) EN COMUNAS EN CUARENTENA. ESTA MEDIDA TENDRÁ EL CARÁCTER DE INDEFINIDA, HASTA QUE LAS CONDICIONES EPIDEMIOLÓGICAS PERMITAN SU SUSPENSIÓN. PARA MAYOR INFORMACIÓN INGRESAR A SITIO WEB
HTTPS://WWW.GOB.CL/CORONAVIRUS/PASOAPASO DOCUMENTOS
C1081/21 NOTAMR C0256/21 Desde el 12 de marzo y hasta el 30 de junio
COVID-19, DERIVADO DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR LAS AUTORIDADES DE GOBIERNO SE EXIGIRA LA PRESENTACION OBLIGATORIA DEL PLAN DE VUELO VÍA IFIS O VÍA TELÉFONO,EN DONDE EL PILOTO AL MANDO DEBERÁ ENVIAR LOS PERMISOS DE DESPLAZAMIENTO DISPUESTOS POR LA AUTORIDAD SANITARIA VIA CORREO ELECTRONICO A ARO.COVID@DGAC.GOB.CL, CUANDO CORRESPONDA, COLOCANDO EN EL ASUNTO DEL MENSAJE LA MATRÍCULA DE LA ACFT. NO SE CURSARA NINGÚN FPL HASTA RECIBIR DICHA DOCUMENTACIÓN.
SE EXCEPTÚA DE LOS PERMISOS DE DESPLAZAMIENTO DISPUESTO POR LA AUTORIDAD SANITARIA A LAS ACFT DE ESTADO, AMBULANCIAS AEREAS, EVACUACIONES AEROMÉDICAS Y VUELOS CON FINES SANITARIOS. SE EXIME DE LA PRESENTACIÓN DEL FPL A LOS VUELOS LOCALES, ACFT DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y TRABAJOS AÉREOS QUE REALIZAN ACTIVIDADES FUNDAMENTALES, LOS CUALES DEBERÁN PORTAR LA DOCUMENTACIÓN SANITARIA CORRESPONDIENTE. PARA MAYOR INFORMACION INGRESAR A SITIO WEB HTTPS://WWW.GOB.CL/CORONAVIRUS/PASOAPASO
A1129/21 NOTAMR A4893/20 Desde el 12 de marzo y hasta el 30 de junio
COVID-19 CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, LOS PASAJEROS QUE SE TRANSPORTAN EN VUELOS REGULARES Y NO REGULARES DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL, DEBEN CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS QUE HA DISPUESTO LA AUTORIDAD SANITARIA Y COMPROBAR RESIDENCIA EN LA REGIÓN DEL DESTINO Y / O TENER SU PASAPORTE SANITARIO VALIDADO. PARA MAS INFORMACION ENTRAR AL SITIO WEB
C1082/21A02 NOTAMR C0257/21 Desde el 12 de marzo y hasta el 30 de junio
COVID-19, CON MOTIVO DEL INICIO DEL PASO 2 TRANSICIÓN DECRETADA POR LA AUTORIDAD DE GOBIERNO, AUTORICESE LOS VUELOS, EN AQUELLOS AERÓDROMOS QUE SE ENCUENTREN EN LAS COMUNAS INCLUIDAS EN EL PLAN DE TRANSICIÓN DURANTE LOS DÍAS DE LIBRE DESPLAZAMIENTO DE LUNES A VIERNES EXCEPTO FESTIVOS DE ESTA FASE,Y DEBERÁN CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES:
1. CON LA EMISIÓN DEL FPL DEBERÁN ENVIAR EL PASAPORTE SANITARIO AL CORREO ARO.COVID@DGAC.GOB.CL ELLO CON EL PROPOSITO DE PRECAVER LA DOCUMENTACION SANITARIA CORRESPONDIENTE EN CASO DE ATERRIZAJE DE EMERGENCIA EN UN LUGAR EN CUARENTENA.
2. NO PODRÁN ATERRIZAR EN AERÓDROMOS DE COMUNAS QUE SE ENCUENTREN EN CUARENTENA O CON CORDON SANITARIO ACTIVO.
3. LOS PILOTOS, TRIPULACIONES Y PASAJEROS CUYA RESIDENCIA HABITUAL NO SE ENCUENTRE EN LAS COMUNAS INCLUIDAS EN LA FASE DE TRANSICIÓN,DEBERÁN PRESENTAR CON EL FPL LOS PERMISOS DE DESPLAZAMIENTO INDIVIDUALES CORRESPONDIENTES.
4. NO ESTÁ PERMITIDO TRASLADARSE O TRASLADAR PASAJEROS HACIA OTROS LUGARES DE RESIDENCIA DISTINTOS A SU DOMICILIO PARTICULAR HABITUAL(SEGUNDA VIVIENDA) EN COMUNAS EN CUARENTENA.)
DURANTE LOS DÍAS DE RESTRICCIÓN DE DESPLAZAMIENTO (FINES DE SEMANA Y FESTIVOS) LAS SOLICITUDES DE VUELO DEBERÁN CONTINUAR CUMPLIENDO CON LOS PROCEDIMIENTOS Y DISPOSICIONES ESTABLECIDOS POR LAS AUTORIDADES COMO MEDIDA DE CUARENTENA O AISLAMIENTO DE ACUERDO A LOS NOTAM PUBLICADOS. SE EXCEPTUA DE LOS PERMISOS DE DESPLAZAMIENTO DISPUESTO POR LA
AUTORIDAD SANITARIA A LAS ACFT DE ESTADO, AMBULANCIAS ÁREAS, EVACUACIONES AEROMÉDICAS Y VUELOS CON FINES SANITARIOS.
SE EXIME DE LA PRESENTACIÓN DEL FPL A LOS VUELOS LOCALES, ACFT DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y TRABAJOS AÉREOS QUE REALIZAN ACTIVIDADES FUNDAMENTALES,LOS CUALES DEBERÁN PORTAR LA DOCUMENTACIÓN SANITARIA CORRESPONDIENTE
C1101/21 NOTAMN Desde el 12 de marzo y hasta el 30 de junio BTN CCCM-FCCV
COVID-19 CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCION CONSTITUCIONAL DE CATASTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL EL JEFE DE LA DEFENSA NACIONAL DE LA REGION DE O'HIGGINS HA DISPUESTO :
RESTRINGIR LOS ATERRIZAJES PARA TODAS LAS ACFT CUYO ORIGEN PROVENGA DE COMUNAS QUE SE ENCUENTREN EN FASE 1 Y/O 2 DEL PLAN PASO A PASO.SEA CUALQUIERA DE LOS AD Y HELIPUERTOS, SEA LUGAR PARTICULAR DE LA MISMA REGION EN CASO DE HELICOPTEROS, DEBERAN CUMPLIR LA DOCUMENTACIONQUE SERA CONTROLADA POR LA AUTORIDAD FISCALIZADORA CORRESPONDIENTE. SE EXCLUYEN ACFT DE EMERG, SAR, HUM, MEDEVAC, ESTADO Y EXTINCION DE INCENDIO.
C1106/21 NOTAMN Desde el 12 de marzo al 30 de junio BTN CCCM-FCCV
COVID-19 CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCION CONSTITUCIONAL DE CATASTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL EL JEFE DE LA DEFENSA NACIONAL DE LA REGION DE OHIGGINS HA DISPUESTO:
RESTRINGIR TODAS OPERACIONES DESDE Y HACIA EL SECT DEL LAGO RAPEL.
TODA ACFT QUE DESEE ARR O DEP DE ALGUN AD, HEL O LUGAR PARTICULAR
DE DICHO SECT. DEBERA COORDINAR DON 2 HORAS DE ANTICIPACION CON LA AUTORIDAD MILITAR. CAPITANIA DEL PUERTO DE RAPEL F:+56993192649.TODA OPERACION DEBERA CUMPLIR CON LA DOCUMENTACION QUE SERA CONTROLADA POR LA AUTORIDAD FISCALIZADORA CORRESPONDIENTE.SE EXCLUYEN ACFT DE EMERG, SAR, HUM, MEDEVAC, ESTADO Y EXTINCION DE INCENDIOS
C1107/21 NOTAMN Pichilemu desde el 12 de marzo al 30 de junio DLY BTN CCCM-FCCV
COVID-19 CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCION CONSTITUCIONAL DE CATASTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL EL JEFE DE LA DEFENSA NACIONAL DE LA REGION DE OHIGGINS HA DISPUESTO:
RESTRINGIR TODAS OPERACIONES DESDE Y HACIA EL AD DE PICHILEMU. TODA ACFT QUE DESEE ARR O DEP DICHO AD DEBERA COORDINAR con 2 HORAS DE ANTICIPACION CON LA ADMINISTRACION DEL CLUB AEREO DE PICHILEMU CEL: +56954078560
TODA OPERACION DEBERA CUMPLIR CON LA DOCUMENTACION QUE SERA CONTROLADA POR LA AUTORIDAD FISCALIZADORA CORRESPONDIENTE. SE EXCLUYEN ACFT DE EMERG, SAR, HUM, MEDEVAC, ESTADO Y EXTINCION DE INCENDIOS
C1093/21 NOTAMR C0718/21 Desde el 12 de marzo al 30 de junio
COVID-19 CON MOTIVO CON MOTIVO DEL ESTADO DE EXCEPCION CONSTITUCIONAL DE CATASTROFE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, Y DISPOSICION DEL JEFE DE LA DEFENSA DE LA REGION DE LOS LAGOS, MEDIANTE RES. EX. 12/2837,58/28951 Y 78/2020, SE ESTABLECE QUE TODA ACFT DE AVIACION GENERAL,DEPORTIVA O COMM NO REGULAR QUE INGRESE A LA REGION DE LOS LAGOS,DEBERA ATERRIZAR INICIALMENTE EN SCTE, SCPF O SCPQ PARA REALIZAR CONTROL SANITARIO Y POSTERIORMENTE CONTINUAR SU VUELO.
EXCEPCIONES:
1.EN SCPF SOLO PODRA OPERAR AVIACION MENOR A 6600 KG EN VUELOS NACIONALES
2.LOS VUELOS QUE HAYAN EFECTUADO CONTROL SANITARIO EN EL AERODROMO DE SALIDA, ACREDITANDO ESTA CONDICION EN EL CASILLERO 18 DEL PLAN DE VUELO
3.ACFT ESTADO, AMBULANCIAS AEREAS, EVACUACIONES AEROMEDICAS, ACFT DE EXTINCION DE INCENDIOS, VUELOS CON FINES SANITARIOS, SAR Y TRABAJOS AEREOS QUE REALIZAN ACTIVIDADES FUNDAMENTALES.
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