Cuando se copie una autorización IFR, en lo que respecta al límite de la autorización, esta difiere cuando se trate de una AWY VOR o AWY RNAV.
Hay que tener presente que la autorización IFR sigue siempre el orden según el formato CRAFT. En tal sentido el límite de la autorización, siempre será un punto designado por un punto de intersección que se encuentra señalado en la AWY.
Ejemplo: BE-20 FPL AD SCTE-SCEL / FL 320
C: Autorizado a intersección EROLO
R: UQ 802, SID ANROS 2D de pista 17 SCTE
A: Ascienda para FL 240, Solicite cambio en ruta
F: Frecuencia Pto. Montt RDR 121.3 Mhz
T: Active Transponder 1020
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