lunes, 22 de julio de 2013

Hielo en el Carburador

Charting the carb ice risk (Artículo Gentileza IV Rainer Puvogel)

 

There’s nothing like a summer heat wave to take your mind off all things cold and icy. In aviation, however, that’s not entirely warranted, as some pilots discover when experiencing a sudden engine-choking encounter with carburetor ice on a hot and humid day.

 
Then, if a pilot doesn’t respond correctly by applying carburetor heat as the aircraft’s operating checklist recommends, the encounter can progress to a complete engine failure—and an off-airport landing.
 
Student pilots learn that under the right conditions, moist air passing through a float-type carburetor throat can chill below the freezing point, depositing ice that chokes off the flow of the fuel-air mixture. Student pilots also learn that generally, a high-risk temperature range is between 50 and 70 degrees Fahrenheit.
 
Accidents indicate that some pilots fail to recognize conditions conducive to carb ice formation, and its symptoms. But there’s no reason to be caught completely off-guard about the risk.
 
When accident investigators review conditions encountered by an aircraft that lost power in flight, one of the tools they use in determining an accident cause is a carburetor icing probability chart. Note how this valuable graphic illustrates that an increase in the air’s relative humidity elevates the carb-icing risk in two flight phases: cruise power and glide power. Note also how risk rises at higher ambient temperatures in both phases.
 
Just as important as knowing when carb ice is likely to form is the ability to recognize symptoms of icing’s onset.
 
“It is imperative for a pilot to recognize carburetor ice when it forms during flight because a loss of power, altitude, and/or airspeed will occur,” explains Chapter 6 of the Pilot’s Handbook of Aeronautical Knowledge. “These symptoms may sometimes be accompanied by vibration or engine roughness. Once a power loss is noticed, immediate action should be taken to eliminate ice already formed in the carburetor, and to prevent further ice formation. This is accomplished by applying full carburetor heat, which will cause a further reduction in power, and possibly engine roughness as melted ice goes through the engine.”
 
Applying carburetor heat can reduce power by as much as 15 percent. Strong evidence that ice was present is a gradual increase in power to an rpm or manifold-pressure value higher than just before heat was applied.
 
Start with the chart and avoid the carb ice hazard!
 
http://www.aopa.org/-/media/Images/AOPA/Home/Pilot%20Resources/Safety%20&%20Proficiency/Accident%20Analysis/Accident%20Statistics/EPilot%20Reports/ePilot%20ASF%20Accident%20Reports%20Carburetor%20what/nyc02fa025_1.jpg
 
 
 
 

Aproximación No Estabilizada

 
No siempre Ud. podrá realizar una Aproximación Estabilizada en la pista de destino. Por ello estudie las características del lugar. Siempre habrá alguien que haya ido antes y lo pueda asesorar adecuadamente. Realice un briefing detallado de la Aproximación.

sábado, 20 de julio de 2013

Vuelo IFR Nocturno SCSN - SCEL

 



 


 




 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
 
 
Una experiencia de vuelo que todo Piloto Alumno IFR, debe vivir. He sabido de otros IVI que han realizado rutas de vuelo IFR en el Sur, una muy buena iniciativa.
 
 
 
 

FAA aumenta exigencias a Copilotos

FAA aumenta las horas de vuelo necesarias para optar a ser copiloto de Línea Aérea

                                         
 

La Administración Federal de Aviación (FAA) anunció recientemente nuevas normas que aumentan rigurosamente las exigencias de horas de vuelo necesarias para convertirse en copiloto en una Línea Aérea, esta medida fue motivada por un accidente ocurrido el año 2009 pero adoptado días después del accidente ocurrido en el aeropuerto de San Francisco (California).
                                                                         
                                                                               


En aquella oportunidad tanto el piloto de la Compañía Asiana Airlines como su copiloto, tenían poca experiencia en el material de vuelo.

Hasta la fecha, se requería únicamente que los copilotos completaran 250 horas de vuelo. Sin embargo, en la actualidad las nuevas normas aeronáuticas de la FAA requieren que los copilotos completen 1.500 horas de vuelo, las mismas que se exigen a los pilotos, para obtener una certificación que les permita volar los vuelos de transporte de pasajeros y de carga.

La FAA comenzó a analizar y verificar las exigencias del actual reglamento tras el accidente del vuelo 3407 de Colgan Airlines, que se estrelló en febrero del año 2009 contra una casa de la ciudad de Buffalo, en el Estado de Nueva York, el que causó la muerte de 50 personas.

                                                       

Al respecto, las autoridades de la FAA comenzaron a supervisar los programas de adiestramiento de los diversos pilotos en el país. Al respecto, la nueva normativa para los copilotos permitirá obtener un certificado a los pilotos militares con al menos 750 horas de vuelo, a los licenciados universitarios de carreras de cuatro años con al menos 1.000 y los de carreras de dos años con 1.250 horas. Además, el entrenamiento para los copilotos debe ser  reforzado con al menos 50 horas de vuelo en aeronaves Multimotores.

Los copilotos que consigan su certificado deben completar posteriormente otras 1.000 horas de vuelo en una aerolínea comercial antes de convertirse en Comandante.

De acuerdo a lo señalado por Michael Huerta responsable de la FAA, con la nueva normativa que entrara en vigencia próximamente, otorgará a los copilotos una mejor base de conocimientos y experiencia aeronáutica antes de que puedan volar en una Aerolínea Comercial.

Reflexión:
Ya exprese un comentario en un Blog anterior, respecto a la preocupación que tengo en relación a que en el país se permita que un copiloto pueda llegar a  volar en una Línea Aérea con apenas 200 horas. Lo anterior, no tiene un estudio o respaldo que avale la decisión adoptada por parte de la Autoridad Aeronáutica.
 
Aún no ha pasado nada, pero no hay que tentar la suerte y probablemente cuando llegue a ocurrir un accidente de grandes proporciones que produzca una conmoción pública a nivel nacional, en ese momento toda la Seguridad Operacional del país será seriamente cuestionada.
 
Al respecto, siempre he pensado que en la vida el sentido común y la lógica terminan finalmente por imponerse......En tal sentido sí la FAA ha ido endureciendo las normativas para los copilotos y ha adoptado medidas más exigente...pienso que hay que creerles a los que verdaderamente saben....

Javier Berhens envío anteriormente una web muy interesante para analizar
http://www.avweb.com/pdf/AirlinePilotLaborSupply.pdf

 

viernes, 19 de julio de 2013

Términos utilizados por el ATCO

Una pronta respuesta hemos recibido de parte de OIRS-DGAC, en relación a los términos utilizados por ATC para la gestión del tránsito aéreo.

Lo anterior, se nos indica que se encuentra definido en la DAN 11 09, Capítulo 4, Fraseología, puntos 4.1.8, 4.1.9 y 4.1.10. También están contenidos en el DAP 1100, Capítulo 13, Fraseología, en los puntos 13.1.1.9, 13.1.1.10 y 13.1.1.11, documentos que están disponibles en la página web DGAC.

1.- Los ATCO de las dependencias de control que tienen la responsabilidad de proporcionar control de Aproximación en espacio aéreo controlado, deberán utilizar el término "AUTORIZADO" para referirse específicamente a que otorgan su autorización para que el procedimiento se ejecute. 

2.- El término “APROBADO” significa que el ATCO de la dependencia ATS concede autorización  para que una determinada acción propuesta por el piloto, si no tiene inconvenientes para que se realice. Dicho término no debe ser utilizado para autorizar aproximaciones instrumentales o simuladas por instrumentos.

3.- El término “A DISCRECIÓN DE PILOTO” se utilizará para indicar al piloto que la maniobra debe realizarse bajo su responsabilidad y no se tiene inconvenientes para que la ejecute o bien ésta se realizará fuera del área de jurisdicción de la dependencia ATS. 


Análisis: Luego de verificar las 3 definiciones anteriores persiste la duda si acaso cuando se refiere a la maniobra en el tercer punto, no queda claro si esta maniobra se debería interpretar como maniobra visual o aproximación  instrumental. A mí juicio son cosas distintas.

Lo anterior, deja un cierto vacío de responsabilidad en relación a  que sí el ATCO es el que provee la separación de trafico y luego el mismo es el que dispone la secuencia de aproximación instrumental, entonces porque luego se desliga de la responsabilidad  y le transfiere completamente la responsabilidad al piloto.

Al respecto, es conveniente precisar que difícilmente un ATCO podrá ejercer un control efectivo sobre un trafico aéreo, sino posee una cobertura de radar efectiva que le permita corroborar la posición real de dicho trafico dentro de su ATZ y aún cuando pueda tener instalado en la TWR CONTROL el sistema VITRO de visualización, esta no es una herramienta de control.  De allí entonces que la falta de un CTR limita su autoridad de control.

Sin duda que es un tema que habrá que seguir analizando y pudiese tener variadas interpretaciones de parte de los pilotos y el ATCO. En lo personal estimo que el término “A DISCRECIÓN DE PILOTO”  no sería aplicable para practicas instrumentales.

Es por ello que vuelve a mi mente, el hecho que para realizar practicas IFR se requiere contar con pistas, radioayudas y cobertura de radar adecuados, para que los pilotos y el ATCO puedan desarrollar en forma segura su cometido.

Por ejemplo en el caso de las aeronaves C-172, equipadas con sistema G-1000, estas no poseen las aproximaciones instrumentales cargadas en el sistema JEPPESEN, para poder operar en SCSN, por el sólo hecho de ser estas para uso sólo de Instrucción, es decir no corresponden a aproximaciones instrumentales oficiales y ni que hablar de la Aproximación NDB en TAL, conocida como "el burro".

En la actualidad se realizan aproximaciones instrumentales “A DISCRECIÓN DE PILOTO”  en los aeródromos de SCSN y SCVM y la maniobra debe realizarse bajo su responsabilidad

Si algún  IV-IVI tiene alguna otra interpretación, se agradecerá su comentario.